Maduro en lista de “alto riesgo” por lavado de dinero: Panamá

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Foto: Centro Gumilla

El Ministerio de Economía y Finanzas de Panamá emitió sanciones a 55 funcionarios del Gobierno bolivariano y a 16 empresas venezolanas, con lo que les queda prohibido hacer cualquier operación comercial o financiera en ese país.

Panamá se convierte en el primer país latinoamericano que impone sanciones al Gobierno de Nicolás Maduro. Además, se une en esta acción a Estados Unidos, Canadá, la Unión Europea y Suiza.

Todos los sancionados son considerados por Panamá como “de alto riesgo en materia de blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva”.

La resolución adoptada por el Ministerio de Economía y Finanzas panameño advierte también que la lista inicial será actualizada en el futuro, abriendo la puerta a la posible inclusión de más funcionarios gubernamentales.

Los que figuran en la lista negra panameña

El presidente  Nicolás Maduro, figura  en los funcionarios políticamente expuestos que deben ser sujeto de supervisión financiera “reforzada”, en el marco de las medidas aplicadas por el país en la lucha contra el blanqueo y el financiación del terrorismo.

De acuerdo a la información difundida por la cadena local TVN, en el lista están, además de Maduro, altos funcionarios venezolanos como el presidente del Tribunal Supremo de Justicia, Maikel José Moreno, y el fiscal general designado por la asamblea nacional constituyente, Tarek William Saab.

También la presidenta del Consejo Supremo Electoral, Tibisay Lucena; la rectora principal de ese ente de comicios, Socorro Hernández; y el jefe del gobierno del Distrito Capital y excomandante de la Guardia Nacional, Antonio José Benavides.

Adán Chávez, hermano de fallecido gobernante  Hugo Chávez (1954-2013) y el dirigente chavista Diosdado Cabello aparecen en la lista “de personas provenientes de la República Bolivariana de Venezuela consideradas de alto riesgo en materia de Blanqueo de Capitales, Financiamiento del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva”.

Literalmente establece que…

El “Anexo A de la resolución 02-2018 de 27 de marzo de 2018” difundido este jueves indica que “se establece y recomienda a los sujetos obligados financieros y a los sujetos obligados no financieros a que adopten las políticas y procedimientos de debida diligencia ampliada, reforzada (…) para cualquier hecho, transacción u operación que se haya realizado, incluyendo tentativas de realizar, en la que se sospeche (…) pudiesen estar relacionadas (…) directa o indirectamente” con “la lista inicial detallada”.

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