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De los contratos, amigos y el derecho: Por Dayhana Ramos

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Las relaciones de negocios inician cuando alguien se interesa en tu producto o servicio, en Venezuela basta solo la aceptación para perfeccionar el contrato, siendo la aceptación la declaración voluntaria de conformidad con las condiciones y terminos establecidos, desde ese momento obligan no solo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley.

Ahora bien ¿Qué pasa con los contratos verbales? ¿Qué pasa si alguna de las partes no quiere cumplir después de haber dado su palabra? Ciertamente los contratos verbales son perfectamente válidos, a diario estamos contratando sin darnos cuenta, cuando vamos a comprar en un establecimiento el cual ofrece un producto, estima su precio y nosotros como consumidores al pagarlos perfeccionamos ese contrato de compra y estos se obligan a entregarnos una factura por el producto adquirido.

¿Pero cómo probamos que un amigo debe dinero y dejó de responder? En Venezuela los contratos privados tienen plena validez aunque no hayan sido registrados ante la institución competente siempre y cuando cumplan con las solemnidades que se exigen para la redacción de contratos, son válidos entre partes y son utilizados como medio probatorio en disputas judiciales.

 

Abg. Dayhana Ramos

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