En un comunicado oficial desde el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores, el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela se sumaba a la petición de la Asociación de Abogados de África quien se pronunció sobre el caso de Alex Saab indicando que se muestran claras violaciones a los protocolos en materia de derechos humanos de la Comunidad Económica de Estados de África Occidental y que de acuerdo a la Carta de la Unión Africana se cometen violaciones a las leyes internacionales.
El argumento de Venezuela es que … “Alex Saab, Enviado Especial y Embajador Alterno del Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela ante la Unión Africana, es un diplomático plenamente documentado y con derecho a la protección del derecho internacional consuetudinario que rige los desplazamientos y la protección de diplomáticos y agentes políticos, razón por la cual Cabo Verde no podía ni debía interferir en la misión especial humanitaria que estaba llevando a cabo en el momento de su detención”…
Sin embargo, la interpretación del tema es atípico en todas sus vertientes y se debe analizar como tal ya que la Convención de Viena en relación sobre las relaciones diplomáticas permite una interpretación bastante amplia y flexible. Por ejemplo, en su artículo 31 numeral 4to se hace referencia a la inmunidad de jurisdicción estableciendo que un agente diplomático puede tener inmunidad en un Estado receptor, pero no se exime de la jurisdicción del Estado acreditante.
En este caso, hay un vacío que puede ser utilizado por Cabo Verde y por el propio Estados Unidos como es el hecho de que no se hace referencia a la jurisdicción de otros países. Cabe destacar que ni para Estados Unidos ni para Cabo Verde el gobierno representado por Nicolás Maduro es un gobierno legítimo y al presentarse la figura del “desconocimiento de gobierno” también puede involucrarse el tema de los funcionarios que lo representan.
Esto también se encuentra acompañado por el artículo 38 de la propia Convención que establece que … “Excepto en la medida en que el Estado receptor conceda otros privilegios e inmunidades, el agente diplomático que sea nacional de ese Estado o tenga en él residencia permanente sólo gozará de inmunidad de jurisdicción e inviolabilidad por los actos oficiales realizados en el desempeño de sus funciones” … por lo cual, hay que recordar que Saab fue arrestado por motivos muy diferentes al tema de actos oficiales y el estado que le imputa los delitos ya había abierto una causa contra él por lo cual cabría preguntarse, a la temporalidad del otorgamiento de credenciales diplomáticas.
Una cosa es gozar de inmunidad diplomática y por lo tanto hacer uso de ese status para evitar la impunidad y otra muy diferente es que estando imputado y llevando una causa abierta se te otorguen nuevas credenciales. Evidentemente esta es una estrategia efectiva y muy bien pensada para que, de ser liberado, no se pudiera ni arrestar, ni perseguir, ni condenar ni abrir nuevos juicios en su contra.
Yendo un poco hacia el pasado, un tema de inmunidad tratado por la propia Naciones Unidas donde se hace referencia a la inmunidad en cuanto a jurisdicción. Especialmente cuando se trata del elemento de la “igualdad soberana” Es decir; la Unión de Estados Africanos al igual que la República Bolivariana de Venezuela están solicitando se reconozca la inmunidad diplomática y el carácter funcionarial de Saab; sin embargo, Cabo Verde y Estados Unidos quienes no son estados receptores de esas credenciales diplomáticas se acogen a que ellos también tienen igualdad soberana a no reconocerlos.
Observando lo planteado, todo quedaría a criterio del ejercicio de esa soberanía en cuanto al tema de la revisión de credenciales. Cuando Cabo Verde detiene a Saab de manera expresa indica que no está reconociendo esa inmunidad diplomática.
A su vez, un informe de la Comisión de Derecho Internacional de la Organización de las Naciones Unidas elaboró un documento donde se hacía referencia a la pérdida de la inmunidad en cuanto a delitos extranjeros y expresaban que a medida que el tema penal internacional se perfeccionaba esos nuevos delitos de debían incluir.
De acuerdo a lo expuesto, en un primer momento se hablaba de tres tipos de delitos a) el crimen de genocidio, b) los crímenes de lesa humanidad y c) los crímenes de guerra pero esto solo se planteó como un recordatorio ya que en general la Comisión hizo referencia a que se permitía hablar de retiro de inmunidad diplomática cuando se cometían delitos internacionales y estos se conocían como … “Conductas tipificadas en el derecho internacional, sean o no crímenes en el derecho nacional.”. Por ende, no podemos olvidar que Alex Saab se encuentra imputado por blanqueo de capitales y conspiración para el blanqueo de capitales lo cual es un delito internacional, reconocido por las organizaciones internacionales y perseguida por le INTERPOL y recopilada en la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas
La Asociación de Abogados de África afirma que se han violado todos los derechos humanos de Saab quien, de acuerdo a diferentes informes, ha perdido mucho peso, no coordina pierde la concentración y se encuentra en un estado deplorable. De ser así, la única medida que podría solicitarse es el arresto domiciliario y si esto no ha procedido es porque existe el peligro latente de escapar de la justicia.
Finalmente, hay otra cosa que queda en el aire ¿Derecho Consuetudinario Internacional? Hay una serie de elementos para que esto proceda, además de que nunca será vinculante al 100% y un poco irónico que el derecho consuetudinario sea la base sobre la cual trabaja la Corte Internacional de Justicia y ha sido negada su valía en el tema del Esequibo por el mismo país que alega que hay que respetarlo. Además, la Asociación de Abogados de África no es un organismo internacional, ni siquiera es un estado, por lo tanto, sus solicitudes, informes o alegatos son solo elementos de comunicación.
En mi opinión, el caso Saab ha generado mayor inversión de tiempo y dinero que el tema humanitario, la emergencia migratoria y todos los asuntos importantes que se tienen que resolver en el país. A la final. Me imagino que todo se está haciendo por el bien colectivo ¿no?
MSC Corina Helena Cortés Oliveros
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