Inparques garantiza el resguardo de la Ensenada de Yapascua

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La Ensenada de Yapascua es una de las joyas naturales del Parque Nacional San Esteban, sus aguas casi inmóviles, cristalinas y con diferentes gamas de azules resguardan diversas especies marinas, entre ellas crustáceos y moluscos, además de un extenso arrecife coralino que cubre toda su entrada y protege un vasto ecosistema de manglares.

Así pues, es ineludible mencionar que el sector marino, ubicado al noreste del Parque Nacional San Esteban desde Punta Yapascua hasta Punta Flores, integrado por las Ensenadas Yapascua, Jaguate y Flores, son áreas que por su singularidad, fragilidad y el valor de los recursos naturales, se encuentran bajo la zonificación Primitiva Marina (PM), lo que refiere que el objetivo general de manejo de estos espacios es la conservación del ambiente natural inalterado.

Dicho esto, es importante destacar que los ambientes naturales en condiciones prístinas relevantes, solo pueden tolerar un uso moderado, tal como la investigación científica, la educación ambiental o la recreación pasiva que estará limitada al excursionismo y a la visita del escenario natural en quietud y silencio por parte de un público reducido, única y exclusivamente a través de senderos o trochas, no permitiéndose construcciones ni uso de vehículos a motor.

En el capítulo I del Reglamento Parcial de la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio sobre la Administración y Manejo de los Parques Nacionales y Monumentos Naturales, se puede leer que las actividades que podrán desarrollarse en tales espacios territoriales están sometidas al régimen de aprobaciones y autorizaciones otorgadas por el Instituto Nacional de Parques conforme a lo previsto en el mencionado reglamento y en los planes de ordenamiento y reglamento de uso correspondientes.

Por lo tanto, aunado a los dictámenes del régimen especial para la ejecución de algunas actividades dispuestos en el Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso (PORU), “los visitantes del Parque Nacional San Esteban deberán solicitar un permiso de acceso”, y acatar las recomendaciones sugeridas por las autoridades de Inparques para evitar causar un impacto negativo a la fauna silvestre, daños a la flora o el maltrato a los elementos naturales e histórico-culturales que se encuentran presentes en los espacios administrados por el Sistema Nacional de Parques de Venezuela.

 

Fuente: NDP

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