El TSJ Valida Resultados Electorales de las Elecciones del 28 de Julio

Pablo Rivas

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha **certificado de manera inobjetable** el material electoral proyectado y ha **convalidado los resultados** de las elecciones del 28 de julio, en las que Nicolás Maduro Moros fue electo presidente para el período 2025-2031. Esta información fue proporcionada por la presidenta del TSJ, Caryslia Rodríguez, durante una alocución ante el Cuerpo Diplomático.

Respaldo de los Resultados

Rodríguez afirmó que “los boletines emitidos por el Consejo Nacional Electoral (CNE) respecto a las elecciones están respaldados por las actas de escrutinio generadas por cada máquina de votación utilizada en el proceso electoral”. Además, destacó que “estas actas coinciden plenamente con el registro de las bases de datos de los centros nacionales de totalización”.

Proceso de Validación

La presidenta del TSJ explicó que “esta Sala declara con lugar el presente recurso contencioso electoral” basándose en un peritaje realizado y verificado de manera inequívoca, sustentado en un informe elaborado por expertos electorales tanto nacionales como internacionales, quienes garantizaron un **máximo nivel de excelencia técnico-jurídica**.

 Publicación de Resultados

Rodríguez instó al CNE a **publicar los resultados definitivos** en la Gaceta Electoral de Venezuela dentro de los 30 días siguientes a la proclamación de los candidatos electos.

 Investigación de Irregularidades

La decisión del TSJ ha sido remitida al Fiscal General, Tarek William Saab, para que se incorpore a las investigaciones que el Ministerio Público está llevando a cabo. Esto tiene como objetivo determinar responsabilidades por **usurpación de funciones, forjamiento de documentos públicos, instigación a la desobediencia de las leyes, delitos informáticos, asociación para delinquir y conspiración**. Rodríguez puntualizó que esto se debe a los documentos presuntamente falsos cargados en la página web www.resultadospresidencialesvenezuela2024.com, así como a un ataque cibernético masivo denunciado contra el sistema electoral.

 Desacato de Edmundo González

Por último, Rodríguez mencionó que **Edmundo González no asistió** a ninguna fase del proceso en la máxima corte, lo que constituye un desacato al mandato, conducta que acarrea sanciones previstas por la ley.

 

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