Hablar de transición a la democracia en un ambiente pre electoral, sin tener claro que tipo de régimen político existe hoy en Venezuela, más que un absurdo sería ingenuidad, de esas que nos han llevado de decepción en decepción en materia política. Máxime si nos enfrascamos en decir que el caso venezolano es inédito, cuando estudios comparativos demuestran lo contrario en cuanto a su gestación, desarrollo y perspectivas.
“Los gobiernos civiles no gozan de tradición en Venezuela y la democracia tiene enemigos a derecha e izquierda”, esta frase del general Carlos Peñaloza, en su libro El delfín de Fidel, nos coloca ante una de las tantas variables que marcaría una tendencia cuasi irreversible hacia regímenes no democráticos en Venezuela.
Lo anterior es discutible. En todo caso, entraña la necesidad de conocer la naturaleza de ese tipo de regímenes, es decir, de los regímenes autoritarios, para hablar con mayor propiedad de transición a la democracia o a “una incierta democracia”, en palabras del académico Juan Linz.
Por comodidad, a la hora de hablar del régimen no democrático existente en Venezuela, se habla de dictadura. El asunto no es tan sencillo si atendemos a la clasificación o taxonomía de los tipos de autoritarismo hecha por Linz, según la cual existen cuatro regímenes no democráticos: 1) Autoritarismo, 2) Totalitarismo, 3) Postotalitarismo y 4) Sultanismo.
El nivel de pluralismo político permite establecer las diferencias entre esos cuatro tipos de regímenes políticos, mientras características ideológicas, de movilización y liderazgo harían posible definirlos, a los fines de entender, por ejemplo: que no siempre el quiebre o colapso de un régimen no democrático garantiza la transición a la democracia política, v.gr.: lo ocurrido en la Unión Soviética.
A nivel histórico la propensión a la continuidad del autoritarismo es mayor, por ejemplo, en regímenes no democráticos de corte sultanístico, altamente personalistas y sin mayores expresiones de pluralismo político. Valga como ejemplo el caso de Somoza en Nicaragua, Duvalier en Haití, Mohamed Reza Pahlavi en Irán y Ceauçescu en Rumanía.
El caso venezolano, desde la perspectiva académica, se inscribe en el primer tipo de la clasificación aludida: Autoritarismo. Ahora bien, diversos autores, Adreas Shedler entre ellos, subdividen este primer tipo en Autoritarismo: Electoral, Cerrado, Competitivo y Hegemónico. Quiere decir que el régimen político existente en Venezuela se corresponde con alguno de esos cuatro subtipos. ¿Cuál?
Jhon Magdaleno, profesor de la UCAB, que ha estudiado más de un centenar de casos de transición a la democracia en diferentes latitudes del mundo, sostiene que en Venezuela existe un Régimen Autoritario Hegemónico desde 2016. Antes existió un Régimen Autoritario Competitivo. Inmaculada Szmoka ha hecho grandes aportes para la compresión de la categoría enunciada por Magdaleno, la de mayor consenso dentro y fuera del país.
El panorama se hace preocupante cuando Magdaleno afirma que el Régimen Autoritario Hegemónico imperante en Venezuela tienes rasgos a) Totalitarios, recordemos a Stalin, y b) Sultanísticos, es decir, el ejemplo anterior no fue gratuito. A todo evento, es menester conocer la lógica y dinámica de este tipo de régimen para proyectar la factibilidad de transición a la democracia en cada uno de ellos.
Resulta alentador saber que las fuentes principales de conflicto que pueden conducir a una redemocratización o no devienen de la naturaleza del régimen no democrático, independientemente del tipo que sea, en el cual juega un papel clave lo que el escritor Leonardo Morlino llama la “coalición dominante”, o sea, los factores de poder que apuntalan al régimen, con capacidad de influencia, y en cuyo seno suelen darse la fracturas que pueden marcar la diferencia a la hora de una transición.
Por último, resulta útil para el análisis y debate tener claro que, en los Regímenes Autoritarios Hegemónicos, según los amplios estudios comparativos realizados alrededor del mundo, no hay elecciones libres y democráticas, suele ser una ilusión cuyo único fin es la legitimación del régimen y, por ende, de los tipos de oposición observados en cada uno de estos regímenes no democráticos.
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