El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) informó que está en vigencia el régimen especial de equipaje internacional, el cual establece que toda persona que haya realizado viaje internacional, podrá ingresar al país con productos adquiridos en el exterior, siempre y cuando se demuestre que los mismos no serán usados con fines comerciales.
Éste régimen permite a los viajeros adquirir bienes fuera del país para uso y consumo personal, dentro del territorio nacional, incluyendo aquellos elementos adquiridos en el exterior, con la finalidad de obsequiarlos, indicó el organismo en una nota de prensa.
El régimen establece que todo pasajero que ingrese al país con equipaje, debe declarar en la aduana correspondiente, la cantidad de productos obtenidos, estos no deben superar los 1.000,00 dólares. En caso de superar esa cifra, la oficina aduanera aplicará el cobro de exceso a través de una tarifa estipulada en el arancel de aduana.
La normativa señala que existe un sistema de rebajas en el pago de los bienes adquiridos en el exterior, los cuales son establecidos cuando hay exceso desde los 1001,00 hasta los 2.000,00 dólares; en este caso se aplica una rebaja de la tarifa establecida en el Arancel de Aduanas.
En el caso de que los bienes adquiridos superen la cantidad de los 2.000,00 dólares, se aplicará la tarifa del Arancel de Aduanas para aquellas mercancías que excedan de este monto. En estos casos al no demostrar finalidad comercial no será necesario el uso de un agente o agencia de aduanas para efectuar la nacionalización de las mercancías.
Cuando se evidencia la finalidad comercial de las mercancías se seguirá el régimen de importación ordinaria y en consecuencia se requerirá el uso de un agente o agencia de aduanas para efectuar la transmisión de la Declaración Única de Aduanas.
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